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jueves, 10 de mayo de 2012
CASO AIGO
Juan Marcos Fernández será indagado por encubrimiento, encuadramiento solicitado por la fiscalía del caso que investiga el asesinato del policía José Aigo, en Junín de los Andes. En tanto Analía Godoy, la pareja del hijo del intendente de San Martín, podría ser convocada bajo la misma figura.
La Cámara de Apelaciones en lo Criminal resolvió que se investigue a Fernández, quien manejaba la camioneta que transportaba a Jorge Antonio Salazar Oporto y Alexis Cortés Torres, sospechados como autores del crimen del efectivo. Antes había sido citado como testigo, primero, y luego acusado por el delito de falso testimonio.
Si bien el fallo no estaría oficializado aún, en las próximas horas se conocerían los fundamentos. En el mismo sentido podrían expedirse los magistrados que integran la Cámara en relación a la situación de Godoy.
El juez de la causa Joaquín Cosentino recibió un pedido de recusación por pate de la querella que representa a la familia Aigo. Durante ese mismo reclamo se solicitó la imputación de Fernández como presunto partícipe necesario. Sobre esto no hay resoluciones aún.
En tanto continúa la búsqueda de Salazar Oporto y Cortés Torres, al tiempo que el gobierno ratificó el ofrecimiento de una recompensa de 50 mil dólares para quienes aporten datos sobre los prófugos.
La Corte de Apelaciones de Santiago (Chile), que tramita el amparo interpuesto para proteger "la vida y la integridad física" de los dos prófugos por el crimen del policía neuquino José Aigo, recibió un informe de la Policía de Investigaciones de ese país en el que constan 13 causas penales que pesan sobre Jorge Antonio Salazar Oporto, sindicado como el presunto autor de los disparos que mataron al suboficial el pasado 7 de marzo en la Ruta 23, en el paraje Pilo Lil. Diez de esas causas son por "maltrato de obra a carabineros", delito asimilable con el de "atentado y resistencia a la autoridad" que existe en la ley penal de Argentina, lo que revela su persistente inclinación a enfrentarse con uniformados, compatible con su actividad gerrillera como miembro del MIR -Ejército Guerrillero de los Pobres.
El informe que lleva la firma del Prefecto Inspector Guillermo Alarcón Cabezas, precisó a la Corte de Santiago que el otro prófugo, Alexis Cortés Torres, cuya hermana interpuso el amparo ante la justicia del vecino país, "no registra antecedentes de detención, orden de aprehensión, arraigos (prohibición de salida del país) ni arresto vigente en su contra (por pena en suspenso, evasión o prisión preventiva)".
En cambio, desde la Región Metropolitana de Santiago, la Policía indicó que Salazar Oporto tiene 13 causas en trámite en Chile en las que registra "órdenes de aprehensión vigentes". Las imputaciones son por:
• Infracción a la Ley de control de armas, del 10 de mayo de 1999, emanada de la Fiscalía Militar de Talca.
• Infracción al Código de Justicia Militar, del 15 de noviembre de 1999, investigada por la 1º Fiscalía Militar de Concepción.
• Otra causa no especificada, con orden de aprehensión emanada de la Fiscalía San Fernando, de fecha 12 de enero de 2000.
• Diez causas por "maltrato de obra a carabineros" por hechos ocurridos entre 1998 y 2000, que son investigados por las fiscalías militares de Copiapó, Talca, Arica, Ñuble, Antofagasta y Calama.
La distribución geográfica de esos delitos que se le imputan abarca todo el centro y norte de Chile, desde la Primera hasta la Octava Región. (ver mapa)
Si bien desde el gobierno neuquino el titular del Ejecutivo, Jorge Sapag, ratificó ayer que la justicia argentina ya "ha dado curso" a una orden de captura internacional (ver recuadro), la ONG Codepu, que patrocina a la hermana de Cortés Torres en el amparo, aseguró en su presentación judicial que cualquier movilización de fuerzas de seguridad con miras a detener a los prófugos en territorio chileno sería "ilegal y arbitraria" puesto que "sin un proceso de extradición pendiente ante la Excma. Corte Suprema, se pretende capturar a dos ciudadanos chilenos y entregarlos a las autoridades trasandinas (argentinas), lo que significa una completa negación del principio de inocencia, del derecho a un debido proceso y del derecho a defensa". (Redacción central) rionegro.com.ar con información de agencia Neuquén - TEXTUAL.