martes, 15 de abril de 2014

Caso Mariana Ellena: el conductor 

del 147 será juzgado por 

homicidio por dolo eventual

El juez Armando Angeli aceptó el pedido del fiscal y la carátula de la causa ahora se agrava para la persona que, cuando era menor, atropelló y mató a la joven.

C.M.B. quien era menor al momento del hecho, deberá ahora afrontar una acusación más grave.
C.M.B. quien era menor al momento del hecho, deberá ahora afrontar una acusación más grave.
15/04/2014 09:10
Finalmente este martes, el juez Armando Angeli aceptó el pedido del fiscal Aldo Patamia para cambiar la carátula de la causa por la muerte de la joven Mariana Ellena en el marco de una presunta picada, sólo para la persona que era menor en el momento del accidente y que iba al mando del volante del vehículo que protagonizó el fatal accidente.
De esta manera, C.M.B., ya no será más juzgado por homicidio culposo sino que le tocará enfrentar una acusación más grave, que es la de homicidio por dolo eventual.
La situación no sólo obliga a cambiar el escenario donde se realiza el juicio en la actualidad, en un juzgado Correccional en Tribunales I que ahora pasará a ser en una Cámara del Crimen en Tribunales II, sino que además obligará a reiterar todo el proceso llevado a cabo hasta ahora y una nueva declaración de los testigos que ya pasaron por el juicio.
De todas maneras, lo más importante es el cambio en la carátula de la causa que complica a C.M.B.
El proceso. El tema es espinoso y requiere estar atento para no “perderse” entre tanto vericueto jurídico. Lo que definió es que C.M.B. (su nombre se resguarda por ley dado que, al momento del siniestro, tenía 16 años), conductor del Fiat 147 blanco que embistió a la sanfrancisqueña Mariana Ellena (22) en Chacabuco y Corrientes, el 2 de septiembre de 2011, continúa en el juicio ahora bajo la imputación por “homicidio por dolo eventual”.
El homicidio culposo prevé una pena de entre seis meses y cinco años de cárcel; el doloso, de entre 8 años y 25 años. La diferencia entre ambos es abismal, y nunca en la historia de Córdoba se condenó por “dolo” a una persona juzgada por un siniestro vial. El caso “Maru” estaba sujeto a este vaivén de “dolo” y “culpa” desde sus inicios. El Derecho Penal establece que comete dolo aquella persona que se representa que con su acción puede cometer un daño, y pese a ello menosprecia esa representación y sigue adelante. En otras palabras: no le importa cometer el daño.fte  dia a dia

caso mariana ellena

SUCESOS 

El juicio por Mariana Ellena 

cambia de tribunal y el

 acusado afronta 

penas mayores

Cambió la carátula de homicidio culposo a homicidio con dolo eventual, que
 contempla penas de 8 a 25 años.


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El juez correccional Armando Ángeli finalmente aceptó cambiar la carátula de la acusación que pesa sobre los involucrados en la muerte de Mariana Ellena, por lo que el procedimiento fue suspendido.
Ahora, será una Cámara del Crimen la que tendrá a su cargo el juicio por la supuesta "picada" fatal que le costó la vida a la profesora de Educación Física oriunda de San Francisco.
El principal acusado, el conductor del Fiat 147 blanco C.M.B. (18), pasó de estar imputado por homicidio culposo a homicidio con dolo eventual.
Debido a la magnitud de la pena, de 8 a 25 años, el caso ya no puede llevarse a cabo en un Juzgado Correccional, por lo que fue suspendido. Por vía administrativa, el Tribunal Superior de Justicia derivará el juicio a una Cámara del Crimen para que continúe.
El pronunciamiento del juez -se declaró incompetente- llega luego de que el fiscal Aldo Patamia solicitara que el caso se encuadre en una figura más grave. Antes, un planteo similar había sido efectuado la semana pasada por los padres de la víctima, a través de su abogado Carlos Palacio Laje. 
La figura del "dolo eventual" se refiere a que la persona que incurrió en el delito pudo representarse mentalmente el resultado lesivo o martal que puede ocasionar. Y que pese a que puede imaginárselo, desprecia esa posibilidad y sigue adelante.
Mariana Inés Ellena (22) murió tras ser atropellada el 2 de septiembre de 2011 en Chacabuco y Corrientes por un Fiat 147 blanco que presuntamente corría una picada con un Fiat Spazio azul.
Repercusiones
"Estamos conforme, pero realmente la pérdida es irrecuperable", dijo Hugo Ellena, el padre de Mariana. "Estimo que dentro de un tiempo que pasará a la Cámara del Crimen, como debió haber sido siempre".
El fiscal Patamia aclaró que "lo que se ha actuado no está invalidado, sirve como prueba documental".
El principal imputado es el conductor del primer auto, C.M.B. (18), quien llegó a juicio por homicidio culposo y conducción peligrosa. Ahora, su situación se agravó.
Palacio Laje, abogado de la familia Ellena, celebró la decisión. "Siempre creíamos que debía haber sido así originariamente".
"Fue esto un desgaste innecesario, nunca pudo ser un homicidio culposo. Esto es un homicidio claramente doloso", subrayó. 
El abogado dijo que espera que la suspensión no se prolongue demasiado. "Trataremos que el juicio se haga este año", dijo.
Sin impacto
El otro acusado es Gustavo Luca (28), acusado de sólo por haber corrido presuntamente la picada. Lo defiende Claudio Orosz, quien aclaró que el cambio de carátula no lo afecta.
"A nosotros no nos afecta en lo más mínimo. Pero me da claramente la impresión de que hay una utilización de la presión mediática para obtener determinada resolución", dijo.
"Ya se había propuesto la cuestión del dolo eventual y ya se había resuelto. Me parece que es fundamental la independencia de la justicia", remarcó. fte la voz