jueves, 19 de mayo de 2016

tarifas de gas

Coopetel viene absorbiendo, desde el mes de enero a la fecha un aumento del 61 %, en la compra de gas y de un 26 % en el precio del flete.

Hemos intentando por todos los medios lograr, ante distintos estamentos de gobierno, medidas que reviertan o atenúen la situación sin obtener resultados.

Por lo tanto nos vemos en la obligación de establecer un nuevo tarifario a
partir del jueves 26 de mayo.

Garrafa de 10 kg
En planta       $90
En Centro Comunitario   $90
A domicilio     $115*
* 4 garrafas como mínimo

Cilindro 45 kg
En Planta $545
Para el asociado (-$10%)        $491
A domicilio      $570
Para el Asociado         $515


GRANEL
X KILO  Hasta 100 km    $12,31
         Más de 100 km  $13,35

Contado o a 7 días 10 % de descuento
7 a 15 días 5% de descuento.

Universidad Nacional de Río Negro - Sede Andina Comunicado de prensa




Tarifas de gas en la Patagonia: el peso de la eliminación de los subsidios y el “sinceramiento de precios”
Por Roberto Kozulj

En estos últimos días se han multiplicado las manifestaciones de preocupación debido a la vigencia de los nuevos cuadros tarifarios. En el caso de la Patagonia se debe considerar que los usuarios de gas representan el 7,6% del total del país y darían cuenta del 10 al 12% del consumo en los meses cálidos (noviembre a febrero) y de cerca del 16 a 17% durante al menos siete meses al año (abril a octubre). Los consumos medios por usuario son necesariamente elevados en el sector residencial y de pequeños servicios. Ello obedece a que el consumo es una función directa de la temperatura diaria.

Durante el año 2015 un usuario residencial pagaba por un consumo de 800 metros cúbicos al mes una factura bimestral que sin subsidios le hubiera costado $ 685 sin IVA y  que con subsidios le costó $ 228 sin IVA y $ 282 incluido este último. El subsidio que se aplicaba para este nivel de consumo era así de unos $ 464 es decir un 72% del valor sin subsidios. Cabe aclarar que los productores de gas acordaron sucesivamente con las autoridades un valor cercano a un dólar por millón de BTU para lo que se consideró el abastecimiento de la demanda prioritaria (básicamente el sector residencial y pequeños consumidores comerciales y de servicios). A cambio de este acuerdo -y debido a las políticas de segmentación del mercado y a las regulaciones para otros sectores de consumo-, los productores de gas recibían remuneraciones que iban desde los 2 a los cinco o más dólares por millón de BTU. Por cierto un nivel alejado de los precios internacionales en el año 2008 pero no en el 2014 y muy superior al que habían recibido durante todo el período de la convertibilidad que tuvo un máximo de 1,4 para el gas de la cuenca neuquina y el de las exportaciones a Chile...

nota modelo de impugnacion por tarifa de gas

Texto de la nota modelo

Por la presente IMPUGNO el aumento del precio del servicio público de gas natural que se me ha impuesto como usuario en EL bolsón, Provincia de Río Negro, por resultar infundado, desproporcionado e irrazonable, constatándose asimismo que el fluido que se entrega no cumple con los estándares de calidad, pureza y poder calórico exigidos por el contrato de concesión y las normas legales vigentes.
Solicito la SUSPENSIÓN del nuevo cuadro tarifario dispuesto, hasta tanto se determinen por peritos contables la irracionalidad del costo de extracción y el valor cobrado al usuario y la distorsión, desproporción e irrazonabilidad de la renta percibida por el gas entregado, el que no presenta la calidad que se exige para la distribución domiciliaria.
Hago notar que el servicio público de provisión de gas en esta zona es absolutamente esencial para la vida humana y el mantenimiento familiar y no existe alternativa o reemplazo en el mercado para el mismo.
En consecuencia solicito se ABSTENGAN de impedir, disminuir o condicionar la provisión del mismo por falta de pago de la tarifa impugnada, tal como lo autorizan los artículos 1031 y 1032 del Código Civil y Comercial.
Fundo el requerimiento en los artículos 4, 8 bis, 19, 25, 31, 37, 40, 40 bis de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor y 984, 987, 1062, 1073, 1074, 1092, 1094, 1095, 1097, 1098, 1099, 1100, 1117, 1118, 1119, 1120, 1122, 1738, 1739, 1740, 1741, 1744 y cc. del Código Civil y Comercial de la Nación.
El presente se notifica conforme lo dispone el artículo 27 de la ley 24.240, desde mi dirección de correo electrónica habitual a la dirección de correo electrónico publicado por la prestadora del servicio y el formulario de reclamos de ENARGAS.
Nombre y Apellido………………………………………………………
CLIENTE Nº……………………………………………………………….

coopetel -federacion

Coopetel informa que el próximo sábado 21 de mayo a partir de las 11 hs se
realizará en la Fundación Cooperar de El Bolsón, Pagano 625, la reunión
mensual de la FECORN, Federación de Cooperativas de Río Negro.
Se invita a las cooperativas rionegrinas de la región a participar del
evento se encuentren federadas o no.las esperamos.
--


Marcelo Krass
Área Comunicación y Asesoramiento Cooperativo

declaracion de el bolson

Declaración de El Bolsón en contra del tarifazo del gas
El Bolsón, 18 de Mayo de 2016.-
Los abajo firmantes, en nuestro carácter de representantes del pueblo de nuestras respectivas localidades, reunidos en El Bolsón, Provincia de Río Negro, en virtud del tarifazo que surge del aumento compulsivo de las facturas de gas, DECLARAMOS:
Que los aumentos de las facturas de gas, que arriban hasta un 2000 % mensual, importan incrementos desmedidos, arbitrarios y confiscatorios respecto del derecho de propiedad de cada uno de los vecinos de la Región Cordillerana-Patagónica.
Tales aumentos implicarán un quiebre en las economías regionales del Sur Argentino, que dependen del gas para calefaccionarse, para vivir y para la producción de sus recursos así como para el comercio en general y el turismo en particular. Ello conlleva a violar el derecho de propiedad de todos y cada uno de los habitantes de nuestra Patagonia.
Los aumentos del gas también incidirán en forma directa en el costo del gas natural comprimido (GNC) y de las garrafas de gas envasado, imprescindibles para la calefacción en los sectores sociales más vulnerables.
Asimismo, de mantenerse la exigencia del pago del gas a valores confiscatorios, ello incidirá directamente en nuestro medio ambiente, por cuanto la población sustituirá el consumo de gas por la leña, con el consecuente efecto sobre nuestros bosques naturales, protegidos por la legislación vigente.
Las nuevas facturas surgen de la Resolución 28/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, la cual fue sancionada sin participación previa alguna de los usuarios y consumidores exigida por el Art.º 42) de la Constitución Nacional. 
Al aumento arbitrario del gas se suma la demora en la concreción de la ampliación del gasoducto cordillerano, lo que importa que muchísimas familias de nuestra región se vean impedidas de acceder a este servicio público esencial.
POR TODO ELLO, exigimos al Gobierno Nacional, al ENARGAS y a su Concesionaria, CAMUZZI GAS DEL SUR S. A. que declaren la nulidad de la Resolución 28/16 del Ministerio de Energía de la Nación que autoriza los aumentos de la tarifa de gas; que ordenen NO INNOVAR en los valores de consumo del gas natural, y que garanticen la participación de los consumidores y representantes de las localidades de la región patagónica en audiencias públicas a fin de analizar las eventuales revisiones del marco tarifario del gas para el futuro.