lunes, 5 de diciembre de 2016

Consejo Escolar Zona andina Sur

El consejo Escolar Zona andina Sur informa sobre las capacitaciones realizadas al personal de servicio generales, desarrolladas durante el presente año desde el Área de Alimentación y Nutrición Escolar a cargo de la Coordinadora de Comedores, Lic. María José Carmona.
La capacitación de “Buenas Prácticas de Manufactura” surgen a partir de estar trabajando juntos a otras instituciones, ante la necesidad de aunar criterios y la posibilidad de ofrecer una certificación.
A partir de ahí comenzamos a formar el equipo, el cual esta integrado por las siguiente instituciones: INTA, Universidad Nacional de Río Negro, Hospital de Área El Bolsón (Áreas de Salud Ambiental y de Capacitación), Centro de Educación Agropecuaria Nº 3, CET N°23 dependiente de CEZAS y Municipalidad de El Bolsón y Consejo Escolar Zona Andina Sur (Comedores Escolares).
Después de mucho trabajo logramos acordar que para recibir la certificación avalado por el Ministerio de Salud, Ministerio de Educación y Universidad Nacional de Rio Negro, debíamos hacer la capacitación con la creación de la “Guía para la Comarca Andina del Paralelo 42” con el siguiente temario:
TEMARIO DE CAPACITACIÓN: MÓDULOS
1 INTRODUCCIÓN
-Importancia de la Seguridad Alimentaria.
2 MARCO LEGAL
- Leyes Nacionales.
- C.A.A Código Alimentario Argentino.
- Autoridades. Responsabilidad legal. Normativas. Requisitos para inscribir establecimientos, para comercializar productos, etc.
3 NUTRICIÓN Y ALIMENTACIÓN
- Conceptos: nutrición, alimentación, alimento y nutrientes.
- Alimentación Saludable.
- Leyes de la alimentación.
- Gráfica y mensajes para vivir en salud.
4 ETAS. ENFERMEDADES TRANSMITIDA POR ALIMENTOS
- Clasificación de contaminantes.
- ETAs. Definición, clasificación.
- Peligros: físicos, químicos y biológicos.
- Sustancias presentes en alimentos que pueden generar trastornos a personas susceptibles a ellas. Alergias, intolerancias, celiaquía.
- Etas de origen microbiano.
- Prevención.
5 CONSERVACIÓN
- Deterioro: mecanismo, factores.
- Conservación: definición, métodos, caducidad.
6 BPM. BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA
- Definición de Buenas Practicas de Manufacturas
- Incumbencia: materia primas, establecimiento, personal, higiene en elaboración, transporte y almacenamiento, control del proceso, documentación y trazabilidad.
7 POES. PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTANDARIZADOS DE SANEAMIENTO
- Definición.
- Proceso de Sanitización.
- Etapas del saneamiento: tipo de suciedad, método de limpieza, desinfectar,
- Planificación, monitoreo y verificación.
8 MIP. MANEJO INTEGRAL DE PLAGAS
- Plagas: definición, daños.
- MIP. Definición, organización.
9 RÓTULO O ETIQUETA
- Definición
- Información obligatoria
Al día de la fecha (desde 2013) están acreditadas 430 personas con 17 cursos de capacitación de 16 hs. cátedras realizados para gastronómicos, UNRN, CET 23, CEA Nº3, micro emprendedores, comercios, etc.
Con respecto al PSG de las escuelas:
El año pasado (2015) se dictaron dos cursos de capacitación de 4 horas cada una como introducción y concientización al personal en realizar la capacitación.
El primer encuentro, realizado para el personal de cocina (cocinera y ayudante de cocina) asistieron 63 personas.
En el segundo encuentro, destinado al resto del PSG, asistieron 98 personas.
Este año se llevo a cabo la capacitación (16 horas Cátedras) las cuales las dividimos en 4 encuentros de 4 horas, los días de jornadas institucional, mes de Mayo, Julio, Septiembre y Noviembre, capacitando a un total de 152 Personal de Servicio Generales con la aprobación satisfactoria de la evaluación final con el 100%.
En la localidad de El manso, se realizaron 2 encuentros intensivos de 8 horas cada uno, en los meses de Mayo y Septiembre, con una asistencia de 17 personas con lo cual hemos finalizado la misma con la aprobación satisfactoria de la evaluación final del 100%.
En la localidad de Ñorquinco, se realizaron 2 encuentros intensivos de 8 horas cada uno, 
en los meses de Noviembre y Diciembre, con asistencia de 18 personas y la aprobación satisfactoria de la evaluación final.
Se realizo esta capacitación también para docentes en el mes de Junio del corriente, en el Instituto de Formación Docente Continua, previo a reuniones permanentes con directivo y supervisores de todos los niveles para concientización la importancia de los alimentos seguros y su manipulación, para nuestros niños.
Cabe mencionar que esta capacitación, tiene el aval de Ministerio de Salud: Resolución N°3060, Ministerio de Educación: Resolución N°1783 y Universidad Nacional de Río Negro: Resolución N°270.
Una vez finalizada la capacitación y aprobada la evaluación final, el PSG podrá obtener la Libreta Sanitaria sin cargo ya que es fundamental que todo personal que manipule alimentos debe por ley poseer la libreta, que a partir del año 2017, se exigirá para poder trabajar en las cocinas de las instituciones.
Con la capacitación realizada y acreditada, se podrá enviar al legajo de cada PSG para su recategorización.

jueves, 1 de diciembre de 2016

Es HORA DE DIALOGAR…

Es HORA DE DIALOGAR…

Lamentablemente el día miércoles 30 de noviembre se ha suscitado un hecho de violencia que como mujer y ciudadana de este pueblo no puedo dejar pasar por alto, no puedo mirar para otro lado ya que sino me sentiría complice del silencio.
Durante la sesión que se trataba  un proyecto que el poder ejecutivo a través del Sr Intendente Municipal contador Bruno Pogliano, sobre la ratificación del acuerdo  judicial entre la Municipalidad de El Bolsón y la empresa laderas del cerro Perito Moreno, acuerdo judicial que la gestión anterior no apeló en tiempo y firma y ha llevado a que este gobierno tenga que tomar una decisión para defender los intereses de todos los ciudadanos de El Bolsón.
Mi preocupación es cómo se tuvo que llevar a cabo esta sesión, en la que un grupo de vecinos se acercó a presenciar la la sesión a través de una pantalla que el sr intendente había “puesto”, y cuando hablaban los concejales que no compartían las ideas ( de los vecinos que estaban afuera) , los insultaban con agresiones verbales irreproducibles, pero lo que mas me duele es que hace unos días marchamos muchas personas (porque yo acompañé la marcha por "Ni una Menos", y las mismas mujeres ayer gritaban y aplaudían los agravios e insultos a las y los concejales;  estaba la Sra Andreoli - presidenta del concejo local de mujeres-, que hasta hoy yo esperaba que sacara algún comunicado de repudio ante estos hechos: Yo me pregunto:  ¿no es violencia lo que sufrieron algunos concejales?, ¿no es violencia agredir verbalmente cuando otro piensa o expone sus ideas diferentes a las mías? ¿no es violencia la indiferencia y el silencio de algunos ante estos hechos?.
La concejal Rosa Monsalve representante del concejo local de mujeres tampoco hizo nada cuando escuchaba como agredían a sus compañeros y compañeras del concejo, se mantuvo en silencio, por lo que puedo inferir que estaba de acuerdo con estas agresiones.
Basta de VIOLENCIA. Comencemos a dialogar, a consensuar, a debatir pacíficamente. Nuestros representantes deben tener personalidad y autonomía de pensamiento, no responder a órdenes lejanas, y NO INCITAR A LA VIOLENCIA.....
No se puede alentar el NO por el NO MISMO. Imponerlo así, es VIOLENCIA de género.....


Atentamente Lucía Zunilda Zúñiga

miércoles, 30 de noviembre de 2016

CORTE DE RUTA 40 EN LA ZONA DE LELEQUE. COMUNICADO DE PRENSA. FISCALÍA FEDERAL ESQUEL.


La Fiscalía Federal de Esquel, a cargo de la Dra. Silvina Alejandra Avila, informa, por medio del presente comunicado de prensa, que el día 25 de noviembre del corriente año, tomó conocimiento por personal del Escuadrón 35 “El Bolsón” de Gendarmería Nacional que existía un corte en la Ruta Nacional N° 40 a la altura de Leleque protagonizado por personas encapuchadas que entorpecían la normal circulación de vehículos por la ruta mencionada y, que al constituirse en el lugar de los hechos para determinar los motivos de la medida e identificar a los participantes tuvieron que replegar los medios disponibles ante la actitud beligerante de los encapuchados. La suscripta, instruyó a los jefes de los Escuadrones 35 y 36 de Gendarmería Nacional para coordinar acciones prevencionales de conformidad con las facultades previstas en los arts. 183 y 184 del C.P.P.N. ordenando evitar violencia superflua en resguardo de personas y bienes involucrados y procurar disuadir a dichas personas encapuchadas en su actitud. Asimismo se solicitó a la Policía de la provincia de Chubut que, en caso de ser requerida, prestara los medios de colaboración a la preventora federal para el eficientemente cumplimiento de la medida respetando las mismas pautas de los arts. 183 y 184 y la inmediata comunicación en el marco del art. 186, todas normas del Código Procesal Penal de la Nación. En este contexto se hace saber que, a la fecha, ya se han dado cumplimiento a algunas medidas tales como recepción de declaraciones testimoniales de personas damnificadas por la acción, registros fotográficos y/o audiovisuales y las constancias documentales de rigor que permitan conocer el contexto en que se ha impedido la libre circulación. Que en el día de ayer y dentro de las atribuciones propias que posee la fuerza para determinar la asignación de recursos humanos y materiales, arribaron a la localidad de El Maitén personal que pertenece al Destacamento Móvil IV “La Pampa” de Gendarmería Nacional los cuales se instalaron en la localidad de El Maitén esperando las directivas para, si correspondiere, constituirse en el lugar de los hechos a fin de garantizar la libre circulación en la Ruta Nacional N° 40. Esta situación puso en alerta a diferentes miembros de organizaciones sociales y/o institucionales quienes a través de las redes sociales manifestaron su preocupación por el despliegue de estas fuerzas federales. Un grupo de vecinos de la localidad de Esquel interpuso un recurso de Habeas Corpus Preventivo en el marco del Expediente FCR N° 16644/2016 denunciando que la presencia del Estado Nacional a través de los efectivos de Gendarmería Nacional instalados en El Maitén tenía como objetivo desalojar a la comunidad mapuche que se encuenra en inmediaciones de las vías del ferrocarril conocido como La Trochita. Tal acción fue rechazada in limine por el Sr Juez Federal actuante por no cumplir con los requisitos que habilitan el estudio y análisis de la vulneración de garantías que protegen la integridad física y por no corresponder los hechos denunciados a las circunstancias por las cuales los efectivos de Gendarmería Nacional se constituyeron en El Maitén. Que es deber del Estado Nacional arbitrar todas las medidas pertinentes para lograr un equilibrio en el ejercicio de los derechos para peticionar ante las autoridades pero que tal acción no implica permitir que unos vayan en detrimento de otros. En el caso de la Ruta Nacional N° 40, la misma se constituye en la columna vertebral por la cual se desarrolla toda la actividad de las distintas comunidades, localidades y/o comunas rurales. Asimismo existe un volumen importante de transporte de pasajeros, ambulancias, vehículos particulares, vehículos oficiales de distintas dependencias públicas, vecinos de la región, personas y/o grupos de deportistas, artistas y artesanos que participan de diversos eventos que se ven impedidos de arribar a destino en tiempo y forma. Que no deja de ser menos importante la labor de empresas que transportan combustible líquido y gaseoso, como aquellos que realizan transporte internacional de mercadería en cumplimiento de acuerdos internacionales. En este contexto, cualquier tipo de reclamo ante las autoridades que se materializa utilizando violencia se desnaturaliza, pierde sustento y naturaleza genuina generando, en contrario, la antipatía, desinterés y/o sensación de impotencia del resto de los ciudadanos al ver que el Estado no puede garantizar el ejercicio de los derechos de la sociedad en su conjunto. En este contexto resulta preocupante que diferentes personas amparadas en el anonimato que permite el uso de redes sociales publiquen versiones falsas sobre los hechos que motivan estas actuaciones, provocando una innecesaria escalada en un conflicto inexistente. Por ello, se pone en conocimiento de la ciudadanía que las medidas adoptadas se encuentran enmarcadas, en principio, en la investigación de acciones que impidan, estorben y/o entorpezcan el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas conforme lo estipula expresamente el artículo 194 del Código Penal Argentino.
Fiscalía Federal de Esquel

SE APROBÓ LA RATIFICACIÓN DEL ACUERDO JUDICIAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE EL BOLSÓN Y LA EMPRESA LADERAS DEL CERRO PERITO MORENO



El Concejo Deliberante aprobó con 5 votos a favor el acuerdo que el municipio logró en el marco de una causa judicial adversa que había dejando sin posibilidades de apelación la gestión pasada.

Se desarrolló este miércoles una nueva sesión del Concejo Deliberante de El Bolsón, que con una mayoría especial aprobó la ratificación del acuerdo llevado adelante en el marco de una causa judicial entre la Empresa Laderas del Cerro Perito Moreno y la Municipalidad de El Bolsón.
De esta forma el poder legislativo local le brindó legitimidad y respaldo a un convenio que logró mejorar una situación sumamente adversa en materia judicial para el patrimonio municipal.
Con los votos de la Presidente del Cuerpo, Adriana del Agua, José Caliva y Juliana Ortega de Juntos Somos Río Negro, y Daniel Cortes y Cecilia Gori de la UCR quedó ratificado el acuerdo judicial en todos sus términos.
Los concejales del FPV Rosa Monsalve y Mario Scandizzo votaron de forma negativa.
En la sesión también hubo un vecino que hizo uso de la Banca del Vecino y expresó su postura sobre el tema que se debatió.
El intendente de El Bolsón presenció la sesión y destacó el compromiso de los concejales de trabajar de forma seria por el crecimiento de la ciudad y el beneficio de sus habitantes.
“Se ha expresado la representatividad del pueblo y eso obviamente que a uno lo deja conforme, dado que la representación en su mayoría ha dicho que si a este acuerdo que hemos alcanzado con el municipio de El Bolsón. Tenemos que celebrar la democracia y en ese marco me he sentido muy conforme. La mayoría de la representación ciudadana con los partidos políticos de El Bolsón ha dicho que si, que avancemos con el desarrollo de nuestra ciudad, que avancemos con este acuerdo que altamente beneficioso para el municipio y para toda la ciudadanía de El Bolsón” indicó el intendente.
EL ACUERDO ALCANZADO EN EL MARCO DE LA CAUSA JUDICIAL:
ARTÍCULO 1° - OBJETO: Las partes convienen que la instrumentación de la Resolución N° 086/11 y la sentencia recaída en autos queda sujeta a las pautas que se enuncian en el presente acuerdo.
ARTÍCULO 2o - ADECUACION DEL PROYECTO INMOBILIARIO: Dentro de los DIEZ (10) DÍAS de homologado este acuerdo, la parte actora presentará para su aprobación por parte del Poder Ejecutivo municipal una serie de adecuaciones al proyecto oportunamente aprobado por la Resolución N° 086/11, que incluirán como mínimo en la presente etapa los siguientes aspectos:
2.1. Reducción no menor al SESENTA POR CIENTO (60%) en la cantidad de parcelas;�2.2. Reducción no menor al CINCUENTA POR CIENTO (50%) en la superficie de la Villa de Montaña;�2.3. Adecuación de la superficie de las parcelas para la reducción de su impacto;�2.4. Implementación de áreas naturales dentro de las áreas comunes;�2.5. Creación de una reserva ecológica;�2.6. Creación de un corredor ribereño en arroyo Pedregoso;�2.7. Creación de un sendero interpretativo.
ARTÍCULO 3° - AUDIENCIA PÚBLICA: Previo a resolver sobre la aprobación de las adecuaciones indicadas en el artículo 2°, el Poder Ejecutivo Municipal convocará a una Audiencia Pública dentro de los DIEZ (10) DÍAS de recibidas las mismas.
ARTÍCULO 4° - DESISTIMIENTO DE TRÁMITE AMBIENTAL: La Parte Actora desistirá, dentro de los DIEZ (10) DÍAS de homologado este acuerdo, de las solicitudes efectuadas en el marco del expediente No 52.762-COD-2010 del registro de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Río Negro, caratulado “EIA S/ PROYECTO CENTRO DE ACTIVIDADES DE MONTAÑA EN CERRO PERITO MORENO – GRUPO LADERAS”, debiendo requerir el archivo de dicho trámite.
ARTÍCULO 5° - EXPEDICIÓN DE AUTORIZACIONES URBANISTICAS: Una vez cumplidos los pasos anteriores, y en caso de aprobación de las adecuaciones, el Poder Ejecutivo Municipal elevará el trámite para consideración del Concejo Deliberante, en los términos del art. III.B.ii.a) de la Ordenanza N° 121/09.
ARTÍCULO 6° - RENUNCIA A RECLAMAR DAÑOS Y PERJUICIOS: La Parte Actora renuncia a reclamarle a la Parte Demandada la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados por el dictado de la Resolución N° 070/13.
ARTICULO 7° - DECLARACION: Nada de lo expuesto en el presente implica o podrá ser interpretado como renuncia o desistimiento de la Parte Actora a los derechos otorgados por la Resolución N° 086/11, comportando exclusivamente un diferimiento consensuado en el ejercicio de los mismos.
ARTÍCULO 8o - HOMOLOGACIÓN DEL ACUERDO: Las Partes solicitan al Tribunal la homologación del presente acuerdo, por considerarlo como una justa composición de los derechos en juego. fuente_: prensa MEB

martes, 22 de noviembre de 2016

POGLIANO LOGRÓ UNA READECUACIÓN DEL PROYECTO LADERAS QUE CONTEMPLA LAS INQUIETUDES DE LOS VECINOS

Municipalidad de El Bolsón
6 h
POGLIANO LOGRÓ UNA READECUACIÓN DEL PROYECTO LADERAS QUE CONTEMPLA LAS INQUIETUDES DE LOS VECINOS
El intendente de El Bolsón confirmó que a pesar de una sentencia judicial en contra se alcanzó un acuerdo judicial que reduce de mil a trescientos lotes. Además se eliminará al cancha de golf y pedirá la creación de reservorios de agua que ayuden a los vecinos de Mallín en temporada estival. El proyecto pasará de 800 hectáreas a solo 300. Pogliano destacó que se consiguió un ajuste “en contra de los intereses de la empresa y a favor del municipio y a favor de El Bolsón”
El intendente de El Bolsón, Bruno Pogliano, dio a conocer este martes algunos detalles del proyecto que se dará a conocer a la población el próximo 02 de diciembre en el marco de una audiencia pública.
En ese sentido Pogliano junto al Secretario Legal y Técnico, Fabían Rudolph, destacó que es una decisión de su gobierno presentada ante la justicia la realización de una audiencia pública como instancia participativa de toda la comunidad, donde se informe a los vecinos y expositores y se puedan evacuar las inquietudes de la población.
“Nosotros hemos logrado un acuerdo judicial de reformulación de este proyecto y una adecuación. Nosotros no estamos de acuerdo bajo ningún punto de vista con los 1052 lotes. Hemos logrado achicar en un 70% e incorporamos cambios que contemplan los reclamos de la población”, remarcó el intendente.
En la conferencia de prensa en la cual también participó el Director de Comunicaciones y Presidente de la Audiencia Pública, Bruno Helrriegel, el intendente informó que “logramos sacar la cancha de golf, que tenía que ver con el uso del agua. Logramos achicar de 1052 a 312 lotes. Se agradan los tamaños de los lotes, en contra de los intereses de la empresa y a favor del municipio y a favor de El Bolsón. Y pedimos en el mismo acuerdo ante la justicia la realización de la Audiencia Pública porque queremos los vecinos se informen, que puedan acercarse y evacuar todas sus dudas sobre el impacto que pueda llegar a tener este proyecto”, remarcó el intendente.
En detalle indicó que “para nosotros es un gran logro político haber podido achicar un proyecto que tenía una instancia y una sentencia firme y que iba a avanzar judicialmente. Lo hicimos buscando beneficios para la comunidad y despejando las dudas”.
RESPETO A LAS LEYES Y SENTENCIAS JUDICIALES
“Nos encontramos ante una sentencia inapelable. Una sentencia firma que dictó la cámara que no se apeló de parte del gobierno anterior. Esta apelación no se hizo y nosotros heredamos esta situación. Este año tuvimos una intimación para continuar con el proceso legal. Decidimos trabajar en alguna solución judicial que fue un acuerdo”, explicó el intendente.
En ese marcó detalló las consecuencias del fallo original remarcando que de no haber avanzado políticamente sobre este tema, podría haberse producido un juicio millonario que podría haber alcanzado una suma estimada en 400 millones de pesos a favor de la empresa por la desidia de la gestión pasada.
“Tendríamos que haber entregado la llave del municipio. No se defendió al municipio, no se cuidaron los bienes de toda la comunidad, no se apeló una sentencia judicial que luego quedó firme”, destacó Pogliano.
En ese sentido indicó que “nosotros somos respetuosos de las leyes, de los procesos judiciales y no podemos ser ajenos a lo dice la justicia. Creemos en la institucionalidad, creemos en la división de poderes y por ese tenemos que avanzar con esta sentencia que hemos mejorado sustancialmente con el acuerdo hemos logrado” comentó.
EL CONCEJO DELIBERANTE DEBERÁ RATIFICAR EL ACUERDO JUDICIAL
El intendente de El Bolsón indicó que como otro paso más de institucionalidad y de demostración a la ciudadanía de la búsqueda de consensos, el acuerdo judicial que se alcanzó con la empres Laderas fue elevado ante el Concejo Deliberante para que este lo apruebe en la próxima sesión legislativa.

EL GOBIERNO ANTERIOR DIJO UNA COSA E HIZO OTRA
En sus conclusiones Pogliano destacó que ésta gestión se ha puesto al frente de los problemas y no los esconderá. En ese marco afirmó que la gestión de Ricardo García dijo una cosa e hizo otra, dado que las impericias y desidia en la falta de respuestas ante la justicia fue la que derivó un fallo judicial en contra.