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sábado, 28 de septiembre de 2013
El exministro de Producción y miembros de su equipo deberán presentarse en tribunales, para dar explicaciones ante el juez Igoldi.
VIEDMA (AV)- El exministro de Producción, Juan Accatino y los exfuncionarios del área de Tierras, Jorge Belacín y Daniel Tait fueron citados por el juez Favio Igoldi a prestar declaración indagatoria por la supuesta venta irregular de tierras fiscales.
La causa inició a partir de una acción promovida por la entonces fiscal Daniela Zágari en 2011 e involucra también a un grupo de particulares. Se trata de los empresarios Fernando Juan Manuel Valenzuela, Marcos Marcelo Mindlin, Damián Mindlin, José Luis Martínez Pérez, Ana María Trianes, Federico Pio Van Ditmar, Tomás Bertger y Federico Bertger.
En todos los casos las diligencias se cumplirán durante el próximo mes en las dependencias del Juzgado de Instrucción Penal de Primera Instancia N° 2 de Viedma.
Las denuncias iniciales fueron formuladas en su momento por los exlegisladores de Foro Rionegrino, Luis Bardeggia y Luis Bonardo, ante supuestos casos de operaciones de intermediación mediante las cuales varios predios fiscales de miles de hectáreas en áreas rurales en la zona de El Bolsón pasaron a manos privadas. El beneficiario habría sido Marcos Mindlin titular de Pampa Energía y varias firmas generadoras, distribuidoras y de transmisión eléctrica.
Otro caso denunciado fue una cesión de algo más de 7.000 hectáreas en la zona de El Foyel a una sociedad anónima, con domicilio en Buenos Aires, creada poco tiempo antes del acto.
Las irregularidades en torno a la triangulación de tierras han motivado varias denuncias en Río Negro. Uno de los imputados, Martínez Pérez y su esposa, la doctora Adriana Trianes, han mantenido directas relaciones con los referentes inmobiliarios Van Ditmar, ligados al magnate inglés Joseph Lewis. La Justicia investiga si en estas maniobras eran utilizadas para comprar los derechos de posesión y mejoras a antiguos pobladores a valores fiscales, lo que significa un precio vil. La entonces Dirección de Tierras aprobaba esas transferencias y, con el pago de la mensura, en el plazo de un año y medio tenían la tierra con potencialidad de generar negocios millonarios.
Martínez Pérez quedó en el centro de la acusaciones que realizaron los legisladores Luis Bardeggia y Luis Bonardo sobre la transferencia irregular de tierras fiscales en la zona de El Bolsón y Bariloche, que habrían sido otorgadas violando la normativa de tierras con la reventa y doble adjudicación. El empresario fue además presidente de la empresa provincial forestal Emforsa. Sobre él, los legisladores dijeron que fue adjudicatario de tierras y que al poco tiempo las revendió a Nicolás Van Ditmar en representación de Hidden Lake.
Además revelaron otros casos que de manera indirecta vincularían a Martínez Pérez como la transferencia de tierras a un hermano del comisionado de Fomento de El Manso, quien luego revendió a su esposa, Ana María Trianes, entre otras acusaciones realizadas por los legisladores. FUENTE DIARIO RÍO NEGRO
jueves, 26 de septiembre de 2013
EL BOLSON
El Bolsón (ADN).- El intendente de El Bolsón, Ricardo García, representaría al municipio en las acciones legales vinculadas con la presunta inconstitucionalidad de una resolución del Concejo Deliberante local y el juicio político a cinco ediles. La posibilidad que el jefe comunal encabece tal representación está contenida en un dictamen emitido hace pocos días por la Procuración General del Poder Judicial.
En el texto judicial se consignó que un grupo de vecinos de El Bolsón, con el patrocinio letrado de la abogada María Teresa Hube, promovió acción de inconstitucionalidad de la resolución Nº 19/13 del Concejo Deliberante de El Bolsón y solicitó el juicio político a cinco concejales por incumplir con lo dispuesto en el Código Ambiental.
No obstante, señaló que “mediante un artilugio se pretende evitar el sometimiento a juicio político decidiendo todo el cuerpo lo que recién después de la etapa de investigación debe decidir el resto de los integrantes del Concejo Deliberante…”.
Por su parte, los concejales Sanna, García, Tornero, Tormann y Tejeiro, con el patrocinio letrado del abogado Miguel Alberto Wisky, contestaron oportunamente la demanda.
Entre otras extensas y pormenorizadas fundamentaciones, el procurador general subrogante, Marcelo Álvarez, estimó que ante este tipo de acciones deberá considerarse principalmente lo estipulado en la carta orgánica municipal respectiva y, en tal sentido, en virtud de la manda expresa del artículo 122 de esa norma, la representación judicial del municipio corresponde al intendente –por sí o por apoderado- y sin perjuicio de lo que se pudiere haber estipulado, ordenanza mediante, con relación al asesor legal.
Álvarez agregó: “Claro que versaba dicho caso acerca de una ordenanza municipal, no de una resolución como la que actualmente nos ocupa. En virtud de ello y considerando además la normativa antes aludida, entiendo que corresponde en este tipo de supuestos integrar la litis con el órgano deliberativo. No obstante, la mentada participación de este órgano no puede traducirse en una respuesta sectorial o particular de sus integrantes, sino que deberá tratarse de una respuesta orgánica del Concejo Deliberante”.
Finalmente, destacó que “en virtud de las prescripciones del artículo 122 de la carta orgánica municipal de El Bolsón, corresponde que sea el intendente quien represente al municipio en las acciones judiciales, sin perjuicio que en supuestos como el que nos ocupan, la litis (o juicio) sea integrada igualmente con el órgano deliberativo, claro que con el alcance expuesto con anterioridad”. (ADN)
En el texto judicial se consignó que un grupo de vecinos de El Bolsón, con el patrocinio letrado de la abogada María Teresa Hube, promovió acción de inconstitucionalidad de la resolución Nº 19/13 del Concejo Deliberante de El Bolsón y solicitó el juicio político a cinco concejales por incumplir con lo dispuesto en el Código Ambiental.
No obstante, señaló que “mediante un artilugio se pretende evitar el sometimiento a juicio político decidiendo todo el cuerpo lo que recién después de la etapa de investigación debe decidir el resto de los integrantes del Concejo Deliberante…”.
Por su parte, los concejales Sanna, García, Tornero, Tormann y Tejeiro, con el patrocinio letrado del abogado Miguel Alberto Wisky, contestaron oportunamente la demanda.
Entre otras extensas y pormenorizadas fundamentaciones, el procurador general subrogante, Marcelo Álvarez, estimó que ante este tipo de acciones deberá considerarse principalmente lo estipulado en la carta orgánica municipal respectiva y, en tal sentido, en virtud de la manda expresa del artículo 122 de esa norma, la representación judicial del municipio corresponde al intendente –por sí o por apoderado- y sin perjuicio de lo que se pudiere haber estipulado, ordenanza mediante, con relación al asesor legal.
Álvarez agregó: “Claro que versaba dicho caso acerca de una ordenanza municipal, no de una resolución como la que actualmente nos ocupa. En virtud de ello y considerando además la normativa antes aludida, entiendo que corresponde en este tipo de supuestos integrar la litis con el órgano deliberativo. No obstante, la mentada participación de este órgano no puede traducirse en una respuesta sectorial o particular de sus integrantes, sino que deberá tratarse de una respuesta orgánica del Concejo Deliberante”.
Finalmente, destacó que “en virtud de las prescripciones del artículo 122 de la carta orgánica municipal de El Bolsón, corresponde que sea el intendente quien represente al municipio en las acciones judiciales, sin perjuicio que en supuestos como el que nos ocupan, la litis (o juicio) sea integrada igualmente con el órgano deliberativo, claro que con el alcance expuesto con anterioridad”. (ADN)
EL BOLSON
El Bolsón (ADN).- El intendente de El Bolsón, Ricardo García, representaría al municipio en las acciones legales vinculadas con la presunta inconstitucionalidad de una resolución del Concejo Deliberante local y el juicio político a cinco ediles. La posibilidad que el jefe comunal encabece tal representación está contenida en un dictamen emitido hace pocos días por la Procuración General del Poder Judicial.
En el texto judicial se consignó que un grupo de vecinos de El Bolsón, con el patrocinio letrado de la abogada María Teresa Hube, promovió acción de inconstitucionalidad de la resolución Nº 19/13 del Concejo Deliberante de El Bolsón y solicitó el juicio político a cinco concejales por incumplir con lo dispuesto en el Código Ambiental.
No obstante, señaló que “mediante un artilugio se pretende evitar el sometimiento a juicio político decidiendo todo el cuerpo lo que recién después de la etapa de investigación debe decidir el resto de los integrantes del Concejo Deliberante…”.
Por su parte, los concejales Sanna, García, Tornero, Tormann y Tejeiro, con el patrocinio letrado del abogado Miguel Alberto Wisky, contestaron oportunamente la demanda.
Entre otras extensas y pormenorizadas fundamentaciones, el procurador general subrogante, Marcelo Álvarez, estimó que ante este tipo de acciones deberá considerarse principalmente lo estipulado en la carta orgánica municipal respectiva y, en tal sentido, en virtud de la manda expresa del artículo 122 de esa norma, la representación judicial del municipio corresponde al intendente –por sí o por apoderado- y sin perjuicio de lo que se pudiere haber estipulado, ordenanza mediante, con relación al asesor legal.
Álvarez agregó: “Claro que versaba dicho caso acerca de una ordenanza municipal, no de una resolución como la que actualmente nos ocupa. En virtud de ello y considerando además la normativa antes aludida, entiendo que corresponde en este tipo de supuestos integrar la litis con el órgano deliberativo. No obstante, la mentada participación de este órgano no puede traducirse en una respuesta sectorial o particular de sus integrantes, sino que deberá tratarse de una respuesta orgánica del Concejo Deliberante”.
Finalmente, destacó que “en virtud de las prescripciones del artículo 122 de la carta orgánica municipal de El Bolsón, corresponde que sea el intendente quien represente al municipio en las acciones judiciales, sin perjuicio que en supuestos como el que nos ocupan, la litis (o juicio) sea integrada igualmente con el órgano deliberativo, claro que con el alcance expuesto con anterioridad”. (ADN)
En el texto judicial se consignó que un grupo de vecinos de El Bolsón, con el patrocinio letrado de la abogada María Teresa Hube, promovió acción de inconstitucionalidad de la resolución Nº 19/13 del Concejo Deliberante de El Bolsón y solicitó el juicio político a cinco concejales por incumplir con lo dispuesto en el Código Ambiental.
No obstante, señaló que “mediante un artilugio se pretende evitar el sometimiento a juicio político decidiendo todo el cuerpo lo que recién después de la etapa de investigación debe decidir el resto de los integrantes del Concejo Deliberante…”.
Por su parte, los concejales Sanna, García, Tornero, Tormann y Tejeiro, con el patrocinio letrado del abogado Miguel Alberto Wisky, contestaron oportunamente la demanda.
Entre otras extensas y pormenorizadas fundamentaciones, el procurador general subrogante, Marcelo Álvarez, estimó que ante este tipo de acciones deberá considerarse principalmente lo estipulado en la carta orgánica municipal respectiva y, en tal sentido, en virtud de la manda expresa del artículo 122 de esa norma, la representación judicial del municipio corresponde al intendente –por sí o por apoderado- y sin perjuicio de lo que se pudiere haber estipulado, ordenanza mediante, con relación al asesor legal.
Álvarez agregó: “Claro que versaba dicho caso acerca de una ordenanza municipal, no de una resolución como la que actualmente nos ocupa. En virtud de ello y considerando además la normativa antes aludida, entiendo que corresponde en este tipo de supuestos integrar la litis con el órgano deliberativo. No obstante, la mentada participación de este órgano no puede traducirse en una respuesta sectorial o particular de sus integrantes, sino que deberá tratarse de una respuesta orgánica del Concejo Deliberante”.
Finalmente, destacó que “en virtud de las prescripciones del artículo 122 de la carta orgánica municipal de El Bolsón, corresponde que sea el intendente quien represente al municipio en las acciones judiciales, sin perjuicio que en supuestos como el que nos ocupan, la litis (o juicio) sea integrada igualmente con el órgano deliberativo, claro que con el alcance expuesto con anterioridad”. (ADN)
viernes, 20 de septiembre de 2013
jueves, 12 de septiembre de 2013
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