martes, 15 de marzo de 2016

Piden investigar si hubo delito en la negociación de pago a los fondos buitre


EL FISCAL FEDERAL FEDERICO DELGADO IMPULSÓ UNA DENUNCIA PARA DETERMINAR SI HUBO DELITOS EN LA NEGOCIACIÓN CON LOS BUITRES PARA EL PAGO DE LA DEUDA Y PIDIÓ QUE LA JEFATURA DE GABINETE APORTE LA DOCUMENTACIÓN RELACIONADA AL TEMA.
Delgado dictaminó a favor de investigar una denuncia presentada ayer al respecto y pidió medidas de prueba al juez federal Sebastián Casanello, informaron fuentes judiciales.

Entre otras medidas, la fiscalía pidió al juez que requiera los documentos que hayan estado "directa o indirectamente" relacionados a la negociación con los holdouts en la Justicia estadounidense o cualquier otra instancia judicial que se haya abierto al respecto en el mundo.

Delgado dictaminó a favor de abrir una investigación en la denuncia presentada ayer por los abogados Eduardo Barcesat, Horacio Corti y Jorge Cholvis contra el Gobierno Nacional por la negociación con los fondos buitre.

Delgado consideró que hay elementos para impulsar la pesquisa.

Y pidió a Casanello que "con la premura del caso" libre "una orden de presentación dirigida al Señor Jefe de Ministros de la Nación, para que de inmediato ponga a disposición todos y cada uno de los documentos en cualquier soporte, que directa o indirectamente vinculados a la cuestión de los 'fondos buitre', ya sea en el marco de las causas que sustancian en Nueva York o en otros tribunales arbitrales, administrativos y/o judiciales del mundo", según el dictamen al que accedió Télam.

Y además requirió que se encomiende "también en un plazo perentorio a la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales y a la Universidad Torcuato Di Tella que designen un experto por lado, para que analicen las políticas públicas señaladas a la luz de las previsiones contenidas en el artículo 65 de la ley 24.154".

Ahora Casanello resolverá si ordena estas medidas de prueba.telam.

La Municipalidad de El Bolsón contará con un nuevo dependiante bromatólogo



Lo confirmó el actual Secretario de Hacienda, Sr  Fernando Arbat, quien además ejerce el control en  el área de Inspectoría de Comercio. 
Ahora se podrán hacer controles adecuados de la sanidad alimentaria.

La municipalidad de El Bolsón implementará en las próximas semanas un área dedicada a la bromatología,contará con  un profesional  que dependerá de la Dirección de Comercio.

El proyecto  tiene como objetivo la creación de un departamento equipado para la realización de  análisis desde El Bolsón que permita un control adecuado de los  alimentos .

El objetivo del área es aportar tareas que le son propias para contribuir en el desarrollo de una ciudad más saludable. RADIODIFUSORA PATAGÓNICA. 

sábado, 12 de marzo de 2016

Rio Pico _ incendio

Más de  diez incendios en Río Pico desde  El mes de enero ,  esta es una imagen del dia 12 de marzo de 2016. 
 En principio hay mas de 5.000 hectáreas   afectadas por estos incendios  
Se encuentra  trabajando en el lugar, tambien , brigadistas del SPLIF  y de PARQUES NACIONALES, junsto a un avion  y  un helicoptero con helibalde .

Gentileza de la foto  Sr Esteban Javier Huenul ( Río Pico - Chubut ) 

viernes, 11 de marzo de 2016

Aguas Rionegrinas realiza trabajos de mantenimiento en redes cloacales de Sierra Grande y El Bolsón

Aguas Rionegrinas realiza trabajos de mantenimiento en redes cloacales de Sierra Grande y El Bolsón

 
La empresa estatal Aguas Rionegrinas realizó tareas de mantenimiento en las redes cloacales de Sierra Grande y El Bolsón para el correcto mantenimiento del sistema cloacal.
En este marco, personal de la firma rionegrina concretó trabajos de desobstrucción y limpieza del sistema cloacal. Para ello, se utiliza un camión desobstructor de Aguas Rionegrinas, herramienta específica que permite extraer los sólidos del sistema cloacal.
Además, según lo indica el protocolo para estos casos, se realiza la desinfección correspondiente en las zonas donde se desarrollen las tareas.
En Sierra Grande, los trabajos se realizaron en el barrio Villa Hiparsa, 25 de Mayo, centro y en la zona de la planta de tratamiento de líquidos cloacales.
En tanto en El Bolsón, estas tareas se llevaron adelante en Av. San Martín entre Balcarce y Dorrego, en las calles Las Heras, Cacique Foyel y en el barrio Obrero.
Asimismo, desde la firma se recuerda a los usuarios la importancia de evitar arrojar elementos sólidos a la red, ya que pueden generar obstrucciones o taponamientos.
Por dudas o consultas se encuentra disponible la línea telefónica gratuita 0800 999 24827.

Administración Federal de Ingresos Públicos


IMPUESTOS
Resolución General 3835
Impuesto sobre los Bienes Personales. Ley N° 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Título VI. Período fiscal 2015. Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento. Decreto N° 1.807/93. Valuaciones computables e informaciones complementarias.
Bs. As., 10/03/2016
VISTO la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones y el Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el Título VI de la citada ley establece el Impuesto sobre los Bienes Personales, y que conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso b) de su Artículo 22, corresponde establecer, a los efectos del gravamen, los valores mínimos computables de los bienes automotores.

Que a los fines contemplados en el punto 8. de la declaración primaria del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, cabe informar los valores de los distintos automotores y motovehículos (motocicletas y motos).

Que, asimismo, con la finalidad de facilitar a los contribuyentes y responsables del tributo la correcta liquidación de la obligación fiscal, esta Administración Federal considera conveniente dar a conocer también el último valor de cotización al 31 de diciembre de 2015, de las monedas extranjeras, las obligaciones negociables, los certificados de participación, los títulos de deuda, los títulos públicos y sus cupones impagos, que cotizan en bolsa, así como el de las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.

Que a tales efectos, se ha tenido en cuenta el asesoramiento producido por la Superintendencia de Seguros de la Nación y las informaciones suministradas por el Banco de la Nación Argentina, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión.

Que, además, resulta aconsejable informar determinados datos que deben ser consignados al confeccionar la declaración jurada determinativa del tributo.

Que con el fin de agilizar y facilitar el acceso por parte de los contribuyentes a la información referida en los considerandos precedentes, se entiende conveniente que la misma se encuentre disponible en el sitio “web” de esta Administración Federal.

Que esta medida se enmarca en el Plan Nacional de Gobierno Digital, que busca avanzar hacia una administración sin papeles.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 22 y 28 de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, a efectos de la confección de la respectiva declaración jurada correspondiente al período fiscal 2015, deberán acceder al micrositio “Ganancias y Bienes Personales Personas Físicas” (http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/) obrante en el sitio “web” institucional de este Organismo, en el cual estará disponible la información referida a:
a) El valor mínimo de los automotores y motovehículos (motocicletas y motos), a que se refiere el segundo párrafo del inciso b) del Artículo 22 de la Ley N° 23.966, Título VI, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, correspondiente al año fiscal 2015.
b) Las cotizaciones al 31 de diciembre de 2015 de las monedas extranjeras.
c) Las cotizaciones al 31 de diciembre de 2015, de los títulos valores y sus cupones impagos y de las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.
d) El detalle de formato de catastro correspondiente a las distintas jurisdicciones del país.
e) Las denominaciones de las entidades financieras con su correspondiente Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
Art. 2° — A los efectos previstos en el punto 8. de la declaración primaria del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento —Anexo I del Decreto N° 1.807 del 27 de agosto de 1993— se considerarán los valores a que se refiere el inciso a) del Artículo 1°.
Art. 3° — Apruébase la información que se indica en el Artículo 1°, la cual también se consigna respectivamente en los Anexos I a V, que forman parte de la presente.
Art. 4° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto Abad.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Fecha de publicación 11/03/2016